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Tema: Forma legal de ahorrarse el IVA en la compra del PC ?
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14/03/2007, 00:51Songarci
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Forma legal de ahorrarse el IVA en la compra del PC ?
Buenas noches;
Veamos, es que a mi me suena la flauta por así decirlo y como quiero comprarme un pc en breve pues... Hace años creo recordar que el gobierno anterior de este pais sacó una ley o normativa con la intención de promover la compra de pc's.
Lo que yo recuerdo y estaré hablando del 2000 aprox. es que permitían o "autorizaban" a las empresas a comprar el ordenador PARTICULAR del trabajador y descontárselo progresivamente a éste de la nómina. Vaya, un préstamo en nómina pero con la particularidad de que aparte de de que el trabajador lo podía pagar a plazos con un 0% de interés se podía ahorrar también el IVA ya que la empresa lo soportaba y se lo compensaba ella.
Supongo que me he expresado correctamente.
A alguien le suena a esto? Sigue esto vigente? Sabéis donde puedo encontrar documentación sobre esto? NO estoy hablando de chanchulleos, sino de algo legal.
A mediados del año pasado sacaron un plan de financiación para esto. Pero yo lo que busco es que me salga más barato.
En fin, a ver si a alguein le suena o lo recuerda.
Gracias
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14/03/2007, 08:55AlexSocket478
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Esa ley hace tiempo que dejo de estar en vigor. En algunas comunidades autonomas, tienen decretos parecidos, pero en su mayoría se refieren a casos muy claros (hijos en edad escolar, modernización de equipo informáticos en PYME's), y son todos para la financiación de un equipo nuevo CON I.V.A. incluido (a interes 0%). Sería mejor que te acercases a tu consejería de asuntos sociales y te informases alli.
Un saludo.
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14/03/2007, 11:06
Hay algo parecido ahora que se llama plan Avanza y la compra es con un crédito a interés 0 pero con IVA...
Si la empresa soporta el IVA al final lo paga ella, y no creo q ninguna empresa quiera soportar ese IVA ya q luego lo tendría q pagarlo... no sé...
Infórmate de lo q te digo q a lo mejor sí q te interesa,...
Un saludo
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14/03/2007, 15:10Songarci
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Ya salvadorp, pero el IVA no es un gasto para las empresas. Solo lo es para lo particulares porque no nos lo podmeos compensar.
Si la empresa lo soporta, luego en la liquidación trimestral se lo compensará con el repercutido a sus clientes. No tiene más, no es un perjuicio para el empresario.
Lo del plan avanza lo he visto, pero ciertamente no necesito financiación, como dije solo quiero que me salga más barato.. aunque con el pla financia puedes pedir el crédito y mientras tu no pagas un duro de ese dinero puedes colocarlo a plazo y sacarle cerca de un 4%. A la practica te ahorrarias algo menos que evitando pagar el IVA.
Me lo estoy pensando a ver por donde tiro. como entenderéis 250 euros es un dinero y básicamente quería confirmar que lo que plantee en el post existía en su momento como bien ha dicho AlexSocket478.
Gracias a los que respondéis y a los demás también, obviamente.
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14/03/2007, 17:03
La verdad es q sí, pero soportar un IVA que luego no vas a repercutir, sinceramente creo q es ilegal, y por supuesto éticamente reprobable porq no deja de ser defraudar a Hacienda, y por supuesto q si auditan a la empresa y no lo pueden justificar le pueden multar...
Siempre se puede decir q es para material interno, pero eso hay q justificarlo... no sé, a mí me parece defraudar...
Un saludo
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14/03/2007, 19:10Songarci
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No no salvadorp desde el primer momento puse en mi post que yo buscaba algo "legal", lo tengo bastante claro, no va conmigo el defraudar.
El hecho es que ayer estuve discutiendo con la gestoría por el tema y quedaron pendiente de mirármelo. Acabo de volver a contacar por otro asunto y me dicen que es totalmente correcto si es en nómina; la empresa compra el pc a su nombre y me lo descontaría de la nómina de la forma que acordase con ellos.
Les he pedido la documentación del Memorandum del IVA 2007, en cuanto la tenga la escaneo y la pongo.
Supongo que ayudará a varios.
Saludos,
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14/03/2007, 21:42
Amos a ver... lo q es ilegal es lo q haría la empresa, puesto q se está llevqando un IVA q luego no va a repercutir, por lo tanto es ilegal, vamos, yo por lo menos de forma "ilegal", puesto q el uso q se le va a dar es personal y no laboral... q aunq parezca una tontería si eso lo hicieran 10.000 empresas cuánto se defraudaría...
Un saludo
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15/03/2007, 15:20Songarci
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Buenas;
En referente al último mensaje, quiero comentar que las empresas soportan IVA que no repercuten, luz, gtos bancarios, mensajería etc.. por porner ejemplos claros.
Adjunto el documento que me ha facilitado la gestoría, que me ha dado el visto bueno para el tema siempre y cuando se descuente de la nómina. Yo esperaba algo más claro, pero este tipo de textos nunca lo son.
Bajo este texto lo que yo interpreto y la gestoría también me indica es que: No siendo un gasto el tributo el IVA para las empresas y ésta haciéndole el favor al trabajador, según estipula el reglamento del IRPF al cual se hace referencia en la imagen adjunta, se le repercutirá al trabajador el GASTO de la compra del inmovilizado informático para las empresas de la forma en que la empresa hubiera acordado con el trabajdor, no siendo este importe tributable ni por rdto.dinerario ni por rdto. en especie.
El ordenador es para uso particular del personal, la empresa soporta el IVA que luego se compensa de forma habitual, y el trabajador le paga a al empresa el gasto descontándoselo de la nómina bajo el amparo de lo que he adjuntado.
Yo creo que no está de más que otros interesados lo miraran por su lado.
Es un tostón de post, lo sé, pero bien vale la pena, no? No sé, que opináis ¿?
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19/03/2007, 09:14El_Gran_Lebowsky
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El IVA, no tiene nada que ver con el IRPF. En el documento que has puesto, se habla de como afecta ese caso a la declaración de la renta (IRPF). No se considera "rendimiento del trabajo en especie". Pero no dice nada del IVA. Leyendo ese documento, no se puede afirmar nada acerca del IVA.
La forma más sencilla de ahorrarse el IVA es, comprar entre empresas de la comunidad europea (de paises distintos). Legalmente esta exento de pagar IVA. Cualquier empresa o autonomo que compre algo a otra empresa fuera de españa y dentro de la CE, no paga IVA.
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19/03/2007, 23:46Songarci
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Sí, lo que dices es correcto. Ya hacía mención en mi mensaje a ello. El IRPF y el IVA no tienen nada que ver. Pero llevo un tema al otro y es lo mismo que me decía la gestoría. Dándose el caso que la empresa se compense el IVA porque recordamos que no es un gasto, relacionando el documento que puse, y la motivación del estado por la renovación tecnológica, puede la empresa repercutir ese IVA al trabajador cuando ella ya se lo va a compensar?
En fin, yo creo que este tema no está cerrado, pero personalmente me acogeré al plan avanza que he hecho cálculos y me ahorraré casi el mismo importe del IVA.
Yo solo quise poner este tema, porque para mi no está claro y supongo que todo el mundo debería estar interesado en ahorrarse esos 250 euros. Legalmente hablo siempre, que me da la sensación que yo soy el malo y no es así. Esto no es tener un Windows pirata y no pagar las licencias.
A nivel particular el IVA no deja de ser un gasto que soportamos las personas en todo y no lo recuperamos. Recuerdo que el objeto del IVA es grabar el consumo con la finalidad de controlar el fraude en las empresas.
Si tenemos en cuenta la antigua ley a la que hizo referencia AlexSocket478, el plan Avanza y la referencia clara en el documento que he puesto; no os parece que son unos cuantos argumentos que validarían mi argumentación?
En fin, tomad mis mensajes con buena voluntad
Saludos,
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20/03/2007, 11:13El_Gran_Lebowsky
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Estas en todo tu derecho de acogerte a la forma legal que mejor te convenga. Muchas veces lo que pasa, es que nos corresponde alguna ventaja o subencion, y no la usamos por no saber que existe. Los empresarios, esos si que no se pierden ninguna subención, jeje.
He vuelto a leer el tema, y puede ser que, para la empresa ese concepto sea legalmente un gasto. Si es asi, el IVA soportado, lo paga la empresa. A esta le daria igual pagar, porque se desgraba un gasto, que en realidad, paga en trabajador (tiene menos beneficios y paga menos en el IRPF). El IVA, lo paga la empresa, pero se supone que lo "recupera" con los IVA que cobra por la actividad normal.
La verdad que los que mejor te van a poder ayudar, son los de la gestoría.
Saludos!
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